La Municipalidad de Junin de los Andes a través de la Subsecretaria de Medio Ambiente informa que según el ARTÍCULO 87º: del CÓDIGO DE FALTAS – ORDENANZA 251/91.

Se encuentra PROHIBIDA LA QUEMA DE BASURA en la vía pública o en terreno particulares, con multa que va de diez (10) a veinte (20) puntos.-

Ademas este tipo de quema contamina el medio ambiente , y perjudica a personas con problemas respiratorios.

“RESPETEMOS LAS NORMAS Y SEAMOS VECINOS RESPONSABLES”

SR. VECINO/A –EVITE MULTAS

Categories:

Tags:

Comments are closed