El Juzgado de Faltas Municipal comunica a todo aquel que realice una actividad lucrativa dentro de ejido Municipal, que se encuentra en vigencia al ORDENANZA Nº 2137/12, la cual obliga a los/as comerciantes a renovar la LICENCIA COMERCIAL MUNICIPAL, cada dos (2) años. Por ello y debido a que se está controlando dicha circunstancia, se les solicita a todos los propietarios y responsables de los negocios de esta ciudad, que posean la mencionada LICENCIA ACTUALIZADA, porque de no ser así, serán merecedores de una multa impuesta por el Juzgado de Faltas local y la posibilidad de la CLAUSURA del comercio, conforme lo establece el art.109 del Código de Faltas

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